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En la Universidad Sergio Arboleda:
Debate académico sobre sentencia
En el caso del Palacio de Justicia
El pasado 18 de noviembre, con el auspicio del Departamento de Derecho Penal de la Escuela de Derecho de la Universidad Sergio Arboleda de Bogotá, se realizó en las instalaciones de ese centro académico un importante panel que llevó como título “La Sentencia del Palacio de Justicia y el Derecho Penal”.
El encuentro contó con la presencia de destacados juristas nacionales e internacionales, así como de invitados especiales, estudiantes y profesionales de diversas áreas interesados en el tema.
Al intervenir en el Panel, el rector de la Universidad, Rodrigo Noguera, recordó que a pesar de que el hecho ocurrió hace 25 años, durante mucho tiempo no hubo una verdadera investigación por parte de la justicia penal, mientras que recientes decisiones en torno a personas como el coronel Alfonso Plazas, merecen ser analizadas a fondo.
Noguera aseguró que el Derecho Penal en Colombia atraviesa por una grave crisis, lo que necesaria-mente obliga a un examen profundo y para ello, dijo, la Universidad está abierta al debate, en el objetivo de que a través del mismo se logre la verdadera reconciliación entre los colombianos.
Mientras tanto, hablando a título personal, el profesor Ricardo Posada Maya, director del área Penal de la Universidad de los Andes, advirtió que para poder predicar que un delito es de lesa humanidad, se deben respetar unos pilares que ha construido el Derecho Internacional. Además, fue enfático en señalar que los tratados internacionales en ningún caso pueden reemplazar el Código Penal Nacional. Por ello, sostuvo que no ve claro que en los hechos del Palacio de Justicia se hubiesen configurado delitos de lesa humanidad.
Así mismo, el director del Departamento de Derecho Penal de la Universidad Sergio Arboleda, Fernando Velásquez, destacó que no está demostrada la presencia de un verdadero aparato criminal organizado de poder en la operación puesta en marcha por la Fuerza Pública, cosa distinta a lo que ocurrió con el grupo terrorista que propició la toma del Palacio. Este aparato, dijo, no se arma en dos días como se pretende en la sentencia examinada.
Velásquez hizo observaciones en torno a la confusión que aparece en la decisión, entre autoría mediata y coautoría y, además, sostuvo que al coronel Plazas Vega no se le puede dar el tratamiento de autor mediato porque no se dan los presupuestos para ello. Abogó por la importancia que tiene para el país establecer la verdad y que se busque la justicia pero, advirtió, ello no se puede hacer a cualquier precio.
Por su parte el presidente de la Asociación Nacional de Profe-sores de Derecho Penal y Ciencias Penales, Jaime Enrique Granados, quien intervino en su calidad de defensor del oficial, hizo un recuento de los acontecimientos ocurridos los días seis y siete de noviembre de 1985, y aseguró que no existen pruebas en derecho que puedan incriminar al coronel Plazas Vega. Las pruebas esgrimidas se basan en las declaraciones de dos testigos, “totalmente contradictorias” y en la supuesta transcripción de una grabación cuyo casete nunca apareció, explicó.
Para Granados Peña, entre los 36 cadáveres encontrados calcinados en el Palacio de Justicia, hay nueve sin identificar, que podrían corresponder a los cuerpos de los desaparecidos, pero anotó que, en este tema la investigación no ha avanzado. Según dijo, hay intereses muy claros para que no aparezcan los cadáveres. El jurista destacó que un caso tan importante para la vida institucional del país, no se puede construir sobre la injusticia, y por ello, la tarea es el descubrimiento de la verdad.
Entre tanto, el profesor Christian Wolfhügel, investigador de la Universidad Sergio Arboleda, manifestó que el grave episodio debe ser mirado bajo la lupa del Derecho Penal. Al respecto recordó que la sentencia de que fue objeto el coronel Plazas, reconoce que para la época de los hechos no estaba tipificada como delito la desaparición forzada de personas y, por ende, no hacía parte del código de las penas. Por ello, imputarle al condenado ese delito, es violentar el principio de legalidad que prohíbe la aplicación retroactiva de la ley penal en disfavor del reo, anotó.
Finalmente, Kai Ambos, profesor de Derecho Procesal Penal, Derecho Comparado, Derecho Penal Europeo e Internacional, de la Universidad Georg August de Göttingen (Alemania), defendió la actuación de la juez pero se abstuvo de definir si la sentencia fue correcta o no.
Para el profesor Ambos, no es comprensible que los panelistas critiquen la sentencia y digan que adolece de muchas fallas, de deficiencias, y olviden que en Colombia todas las sentencias tienen graves falencias técnicas.
Para el jurista alemán, en fin, el hecho de que se hayan producido amenazas contra la vida de la juez y que ella no pueda continuar ejerciendo sus funciones, demuestra que algo grave pasa en el país. En una sociedad civilizada, advirtió, nadie tiene derecho a amenazar a otro, indicó finalmente.
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